El R.C Recreativo de Huelva S.A.D. presentó escrito de denuncia al Elche C.F SAD en el que alegaba que la cesión de carácter temporal entre el Elche C.F y el Córdoba C.F por el Jugador Fidel Chaves de la Torre se trataba de un TRASPASO y no de una CESIÓN DE CARÁCTER TEMPORAL, con el objetivo real de evitar, con manifiesto fraude de ley, el abono de los derechos económicos que el Recreativo de Huelva S.A.D manifestaba corresponderle. Asimismo que el Elche C.F debía haber comunicado e informado al R.C Recreativo de Huelva S.A.D. de la operación llevada a cabo con el citado jugador, negando que la misma tuviera carácter gratuito y habiendo actuado en claro abuso de derecho. Por su parte el Elche CF SAD siempre ha actuado de buena fe y ha defendido la legalidad de esta operación ya que se trata de la cesión con carácter temporal y gratuita de los derechos del jugador. Por ello, no habría derecho de crédito a favor del R.C Recreativo de Huelva S.A.D. Y se ha opuesto a tal pretensión en defensa de sus legítimos intereses.
Con fecha del día de hoy se ha recibido LAUDO DEL TRIBUNAL ARBITRAL DEL FUTBOL en el que SE HA DESESTIMADO INTEGRAMENTE la demanda arbitral del R.C Recreativo de Huelva S.A.D. que se acompaña.